08 de Agosto, 2012
□
General |
DEFINICION DE DERECHO por Raúl Gustavo Ferreyra. Profesor del Doctorado UBA |
LA DEFINICIÓN DEL DERECHO.
Si un humanista del prestigio de Norberto Bobbio ha llegado a sostener que para cultivar un campo tan inmenso como resulta el Derecho se requiere un potente tractor, mientras que el único instrumento que él había llegado a poseer eran las tijeras de un jardinero, mis ambiciones no pueden ser sino más modestas, y descreo que los resultados de la tarea puedan servir de pan para los dientes de quienes concentran sus afanes en el estudio de los problemas de la teoría general del Derecho. No obstante, constituye proposición capital la consideración del Derecho como un artificio, en la misma línea del significado que le atribuyera Juan Jacobo Rousseau. El Derecho es una realización cultural, es decir, resultado de la actividad del hombre. Preguntarse qué es el Derecho comprende una situación sumamente vaga y ambigua. Si sólo se focaliza la atención en la producción del saber jurídico del siglo XX, las respuestas que se encontrarán son disímiles y contradictorias. Por ejemplo, Herbert Hart sostuvo en el año 1961 que no hay una vasta literatura para contestar las preguntas "¿qué es Medicina?" o "¿qué es Química?", como sí la hay para contestar la pregunta "¿qué es Derecho?.
El Derecho es una creación del hombre.
"Derecho", conceptualmente, tiene varios significados, tanto en el lenguaje de los juristas como en el caso del lenguaje de las fuentes jurídicas. En el caso del lenguaje que emplean los juristas, básica y precariamente se pueden distinguir no menos de dos orientaciones, las cuales se encuentran estrechamente ligadas entre sí. En una primera significación, "Derecho" (objetivo) se emplea para designar un sistema u ordenamiento jurídico, o CONJUNTO DE NORMAS JURÍDICAS VIGENTES en determinado espacio y tiempo. Una segunda significación del término alude al Derecho no como sistema u ordenamiento, sino como el nombre que recibe la DISCIPLINA CIENTÍFICA O SABER cuyo objeto es la sistematización y/o valoración de la compleja realidad configurada a partir del "Derecho objetivo". ES DECIR que tanto el estudio del objeto como el objeto del estudio reciben el MISMO APODO. Para toda significación se utiliza el mismo signo: Derecho. Puede agregarse OTRO SIGNIFICADO: "Derecho" entendido como FACULTAD, PRETENSIÓN O EXPECTATIVA subjetiva o grupal.
De los significados del término "Derecho", el que se tiene en foco como cabecera de análisis es el de Derecho como SISTEMA JURÍDICO. |
|
publicado por
nico0608 a las 19:44 · Sin comentarios
· Recomendar |
|
|
CALENDARIO |
![Ver mes anterior](/images/calendario_mes_anterior.gif) |
Febrero 2025 |
![Ver mes siguiente](/images/calendario_mes_sig.gif) |
|
DO | LU | MA | MI | JU | VI | SA | | | | | | | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | 25 | 26 | 27 | 28 |
|
|
| |
|